Llamadas indebidas a terceros
Enrique López Arce, especialista en cuestiones laborales, subrayó que las entidades financieras tienen prohibido contactar a referencias personales o laborales de los deudores. Este tipo de prácticas son consideradas ilegales, y las empresas responsables se exponen a sanciones severas. Los cobradores, que no reciben salario fijo y trabajan por comisiones, suelen exagerar en la frecuencia de sus llamadas, lo que constituye una forma de acoso.
Arce instó a los afectados a generar pruebas, como grabaciones de las llamadas, y presentar las denuncias correspondientes. Además, explicaron que, legalmente, las empresas solo pueden iniciar demandas judiciales contra deudores después de un año de incumplimiento.
Multas por hostigamiento
La SEDECO ha sancionado a diversas entidades financieras, bancos y gestores de cobranza que compran carteras de clientes morosos y recurren a prácticas abusivas. Las multas pueden alcanzar los 5.000 jornales mínimos por hostigar a los consumidores.
Rechazo de dólares también está prohibido
Por otro lado, el rechazo injustificado de billetes de dólares también es considerado una infracción. Según la SEDECO, las excusas como manchas, arrugas o marcas menores no son válidas para rechazar su aceptación en bancos o casas de cambio. Las multas para las entidades que incurran en esta práctica oscilan entre 20 y 10.000 jornales mínimos.
“Continuaremos trabajando para erradicar estas conductas abusivas”, afirmó el titular de la SEDECO, quien aseguró que varias entidades bancarias ya están bajo investigación.
Cómo denunciar
Los ciudadanos pueden realizar denuncias a través de la línea gratuita 0800 118-899 o el WhatsApp 0961 940-710. También están disponibles las cuentas oficiales de SEDECO en redes sociales: @sedecopy en Twitter y Sedeco Paraguay en Facebook.
La SEDECO insta a la población a no permanecer en silencio y a ejercer sus derechos frente a cualquier forma de abuso o maltrato por parte de las empresas.